La deducción por maternidad es una ayuda a las madres que tienen hijos menores de 3 años y que trabajan. Esta deducción se aplica en la declaración de la renta, aunque existe la posibilidad de que se pida su abono por adelantado.
Si se ha adoptado o acogido, la edad del menor no importa siempre que se solicite la deducción durante los tres años siguientes a la inscripción en el Registro Civil o a la resolución judicial de acogimiento.
Para poder acogerse a esta deducción, la madre puede ser tanto trabajadora por cuenta ajena como autónoma.
En caso de que la madre hubiera fallecido o cuando la guarda y custodia se aplique al padre o tutor, él también se puede practicar la deducción.
Si se desea cobrar la deducción de forma anticipada, se habrá de rellenar el modelo 140 de AEAT, siendo el importe a cobrar de 100 euros al mes.
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