GRUPO ALDABA   |   951 829 957 - 634 502 581   |   C/ Ferrocarril del Puerto, 6 - local E. 29002 - Málaga info@asesoriaaldaba.com

El día 14 de octubre de 2018 se publicó la convocatoria de las ayudas para empresas de trabajo autónomo (persona física, no jurídica) en las siguientes líneas:

 

Línea 1. Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo (excluidos beneficiarios de la pasada convocatoria)

 

Se pueden acoger a esta línea de ayudas las personas trabajadoras autónomas que sean beneficiarias de la cuota reducida del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos*:

  1. Mujeres trabajadoras autónomas de hasta 35 años.
  2. Hombres trabajadores autónomos de hasta 30 años. Subvenciones Asesoría Aldaba
  3. Mujeres trabajadoras autónomas mayores de 35 años.
  4. Hombres trabajadores autónomos mayores de 30 años.
  5. Personas trabajadoras autónomas con discapacidad reconocida en un grado igual o superior al 33 %, las víctimas de violencia de género o las víctimas de terrorismo.
  6. Personas trabajadoras autónomas que hubiesen finalizado un contrato para la formación y el aprendizaje.

* Cada tramo de edad tiene destinado un presupuesto específico.

Para consultar nuestra oferta para autónomos, pinche en el siguiente enlace:  https://www.asesoriaaldaba.com/oferta-autonomos

 

Línea 2. Emprendimiento de segunda oportunidad y continuidad de la actividad emprendedora

 

  1. Emprendimiento de segunda oportunidad. Tiene como fin el fomento de las iniciativas de emprendimiento en el trabajo autónomo, para apoyar el inicio de actividades empresariales y profesionales realizadas con anterioridad, que fueron objeto de ayudas públicas concedidas por la Administración de la Junta de Andalucía, y que cesaron por cualquier motivo que no tuviera origen en ninguno de los supuestos relacionados en los apartados 2 y 3 del artículo 5 de la Orden de la Consejera de Conocimiento, Investigación y Universidad, de 21 de septiembre de 2018.
  2. Continuidad de la actividad emprendedora. Va dirigida a fortalecer la consolidación del trabajo autónomo, apoyando a aquellas personas trabajadoras autónomas que decidan cambiar de estrategia competitiva para el mantenimiento de su empleo, pudiendo suponer un impulso de la actividad económica desarrollada, a partir de una antigüedad de 36 meses de alta ininterrumpida en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

 

Las solicitudes se atenderán por riguroso orden de llegada.

 

 Si quiere más información sobre los autónomos, pinche en los siguientes enlaces:

Ayudas PEFA2018: https://www.asesoriaaldaba.com/wp-admin/post.php?post=210684&action=edit

¿Qué libros contables debe tener un autónomo?: https://www.asesoriaaldaba.com/index.php/que-libros-contables-debe-de-tener-un-autonomo/

Diferencia entre estimación directa y módulos: https://www.asesoriaaldaba.com/index.php/diferencia-entre-estimacion-directa-y-modulos/

¿Pueden los autónomos trabajar a tiempo parcial?: https://www.asesoriaaldaba.com/index.php/pueden-los-autonomos-trabajar-a-tiempo-parcial/